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14 diciembre 2011 a las 23h11 por fanlorengirl -
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INSTITUCIONES Y AUTORIDADES COLONIALES

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Mapa que muestra el desarrollo de la ciuad de La Plata, dos siglos después de ser fundada

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Mapa que muestra el desarrollo de la ciuad de La Plata, dos siglos después de ser fundada

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Cerro de Potosí Grabado en madera del libro Cronica del Perú, 1552 DE Pedro Cieza de León. Del libro Potosí, 1988

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Cerro de Potosí Grabado en madera del libro Cronica del Perú, 1552 DE Pedro Cieza de León. Del libro Potosí, 1988

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El Rey.% Era la autoridad máxima de estado español, en la Metrópoli y en las colonias. Dictaba las leyes y gobernaba el nuevo continente mediante las autoridades por el designadas. Estaban bajo su directo control la Casa de la Contratación de Sevilla y el consejo de Indias.

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El Rey.Era la autoridad máxima de estado español, en la Metrópoli y en las colonias. Dictaba las leyes y gobernaba el nuevo continente mediante las autoridades por el designadas. Estaban bajo su directo control la Casa de la Contratación de Sevilla y el consejo de Indias.

07 septiembre 2011 a las 22h13 por fanlorengirl -
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INSTITUCIONES Y AUTORIDADES COLONIALES

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Mapa que muestra el desarrollo de la ciuad de La Plata, dos siglos después de ser fundada
















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Cerro de Potosí Grabado en madera del libro Cronica del Perú, 1552 DE Pedro Cieza de León. Del libro Potosí, 1988

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                                                 ROLANDO ROJAS

Egresado de la carrera de historia de la universidad mayor de San Andrés.
Para la administración de las colonias existían instituciones y autoridades jerarquizadas: metropolitanas, regionales y de gobierno. De acuerdo a su importancia, en España eran:

El Rey.% Era la autoridad máxima de estado español, en la Metrópoli y en las colonias. Dictaba las leyes y gobernaba el nuevo continente mediante las autoridades por el designadas. Estaban bajo su directo control la Casa de la Contratación de Sevilla y el consejo de Indias.

El consejo de Indias. Funcionaba como un Ministerio encargado de la administración de todas las colonias españolas. En lo político-administrativo, proponía nombres para nombrar virreyes, capitanes generales, gobernadores, oidores, etc. Sus funciones legislativas le facultaban, previa consulta con el Rey, a formular Leyes para las Indias. También, controlaba a los oficiales reales nombrados para recaudar impuestos. En el aspecto judicial, funcionaba como máxima instancia de apelación en la administración de justicia. Estaban bajo su jurisdicción los juicios de residencia; también se ocupaba de los asuntos militares en las colonias y de los avances científicos.

La casa de contratación. Regulaba y fiscalizaba el comercio colonial con atribuciones políticas y de justicia mercantil. Fomento el estudio y la elaboración de mapas de la geografía americana así como se ocupo de la ciencia de navegación.

En América las autoridades eran:

El Adelantado. Es el descubridor y conquistador de América, como Pizarro en el Perú y Cortez en México. Era la primera autoridad que después de firmar una Capitulación con la Corona, conquistaba territorios y gobernaba en lo político, administrativo, militar y jurisdiccional. Establecían encomiendas, repartían tierras e indios, levantaban fortalezas y preservaban tanto sus intereses privados como los del Rey.

El Virrey. Representaba al rey y al gobierno de la metrópoli. El virrey era el personaje decisivo en la administración colonial. Políticamente tomaba medidas ante la ausencia de instrucciones de la Corona o del Consejo de Indias. Tenía atribuciones administrativas, políticas, judiciales y militares.

La Audiencia. Por la complejidad de la sociedad y la necesidad de administrar justicia se organizaron las audiencias. Eran los más altos tribunales de justicia. La Audiencia de Charcas se fundo por la importancia que adquirió el Cerro Rico de Potosí y se instalo en 1561. Tuvo gran independencia por la lejanía de Los Reyes (Lima) –capital del virreinato- y de la Metrópoli.

La Capitanía General. Era una jurisdicción militar que protegía las zonas de frontera de las poblaciones rebeldes y defendía regiones costeras expuestas a piratas y contrabandistas.

El Cabildo. Era un concejo de Vecinos que administraba la ciudad, tenía funciones de mantenimiento, policía y justicia. Fueron organizados por los fundadores de las ciudades o villas en nombre del Rey. Elegían a sus miembros cada primero de enero y era necesario ser Vecino de la ciudad. A sus funciones deliberantes, administrativas y judiciales se llamaba Cabildo Cerrado. Su función era extraordinaria cuando llamaba a Cabildo Abierto y convocaba a los Vecinos a una gran asamblea para resolver los problemas locales, como sucedió en los levantamientos por la Independencia.

El Cabildo estaba compuesto por los alcaldes ordinario, regidores, oficiales de las cajas reales, el alférez real, alguaciles mayores escribano y otros. A partir de Felipe II empezaron a venderse los cargos en subasta pública al mejor postor y la representación estuvo a cargo de los más ricos de la población.

El Corregidor. Era el jefe político y administrativo de la región, que representaba a la Corona. Era nombrado por el Consejo de Indias y provenía de España para evitar relaciones y vínculos familiares con la población.

Juicio de Residencia. Estudiaba la gestión del Corregidor y de los miembros del Cabildo. La persona encargadas recibía las quejas de los vecinos y averiguaba su certeza o falsedad, luego pronunciaba su sentencia.

Corregidor de Indios. Aparte de los corregimientos y cabildos de Vecinos, existían los corregidores de indios que fueron creados para corregir los abusos de los encomenderos a los indios. Debían gobernar con justicia, pero estos corregidores se enriquecían a través de los repartos de mercancías, comerciaban con los indios vendiéndoles objetos de todo tipo, necesarios, de lujo o inútiles, a precios altos. Entre sus funciones estaba enseñarles un a vida cristiana, a cultivar la tierra y cobrar tributo pero, nada de esto se cumplió, hasta que fueron sustituidos por los Intendentes en la segunda mitad del siglo XVIII.

Los Intendentes. Desde 1768, el Rey Carlos III introdujo el Régimen de Intendentes, manteniendo sus atribuciones de justicia, policía y hacienda. Disminuyo la autonomía de los Cabildos.

El Cacique. Era la autoridad indígena reconocida por el estado español. Representaba a su comunidad en las instancias administrativas, fiscales y judiciales. Eran responsables del cobro de tributos, aunque ellos no lo pagaban por ser autoridades. También, conducían a los indios a la mita obligatoria de la mina, y en la misma forma a la de los obrajes.
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